El Honorable Concejo Deliberante de Roque Pérez aprobó un proyecto de ordenanza que autoriza la venta directa de inmuebles municipales con destino a vivienda familiar de uso propio y ocupación permanente.
Los lotes en cuestión se ubican en el denominado “Loteo de Ratto”. El precio fijado es de aproximadamente 21 millones por lote que se actualizará semestralmente en junio y diciembre según la tasa de interés para préstamos hipotecarios del Banco Provincia en el marco del programa «Provincia Vivienda».
En cuanto a la forma de pago, la ordenanza contempla dos modalidades. Quien pague al contado recibirá un descuento del 25% sobre el valor del lote. Quienes opten por el financiamiento deberán abonar un anticipo mínimo del 25% y el saldo restante en cuotas mensuales de 6, 12, 18, 24, 30 o 36 meses, con la tasa del programa «Provincia Vivienda» y sistema de amortización francés.
Para acceder, los postulantes deberán acreditar al menos 10 años de residencia en el partido, no ser titulares de ningún bien inmueble, y destinar el lote exclusivamente a la construcción de vivienda única y familiar. Se exceptúa del requisito de residencia continua a quienes hayan nacido en Roque Pérez o vivido allí durante al menos 10 años y se hayan radicado en otro lugar por razones de estudio, trabajo, salud o integración familiar. La ordenanza también establece un régimen especial para empleados municipales con más de 5 años de antigüedad.
La adjudicación será directa, con análisis de la situación económica y familiar de cada solicitante. Si la demanda supera la oferta de lotes disponibles, se realizará un sorteo ante Escribano Público; hay una disponibilidad de algo más de 200 terrenos. Una vez seleccionados los adjudicatarios, un segundo sorteo determinará la ubicación del lote que le corresponderá a cada uno.
Los fondos recaudados por la venta tendrán afectación específica: se destinarán a cancelar el convenio de Restitución suscripto con el Ministerio de Economía de la Nación, adquirir nuevas tierras —con al menos el 30% de lo recaudado—, financiar obras de infraestructura y mejoramiento de barrios, y sostener políticas de acceso a la vivienda. Expresamente se prohíbe destinar esos recursos a gastos corrientes o generales del municipio.





