martes 14 de octubre de 2025

Con el voto de LLA y un sector PRO, UxP modificó el reglamento para crear comisión investigadora con mayoría simple

El Concejo Deliberante de 25 de Mayo tuvo una nueva sesión en la noche del lunes donde se trataron distintos proyectos y entre ellos un despacho de la Comisión de Reglamento que modificaba el reglamento interno del cuerpo deliberativo.

El expediente iniciado por el interbloque peronista, señalaba que “La Comisión Investigadora normada por los artículos 61 a 67 del Reglamento Interno podrá conformarse con los votos de la mayoría simple de los miembros presentes”.

Anoche, al subir al recinto se puso en tratamiento dicho dictamen y tras varios cruces entre oficialistas y opositores, se procedió a votar. Al momento de levantar las manos, el oficialismo se opuso a la modificación, mientras que los sectores internos de Unión por la Patria aprobaron lo que se estaba tratando y contaron con el apoyo de José Luis Guarch de La Libertad Avanza y de Claudia Lobosco del bloque PRO Democracia.

De esta manera, a partir de nuevos pedidos de creación de comisión investigadora sólo con el acompañamiento de la mitad más uno de los presentes quedaría aprobada. No obstante eso, los ediles oficialistas se amparan en la Ley Orgánica de las Municipalidades donde se señala que se necesita dos tercios del cuerpo para poder avanzar con este tipo de iniciativas.

Conclusión de la Asesoría General de Gobierno ante la pregunta de la presidencia del HCD:
“Teniendo en consideración el marco normativo explicitado, este Organismo Asesor es de opinión que la creación de una “Comisión Investigadora” a los fines de recabar información relativa a la actuación administrativa, en general, del Departamento Ejecutivo, resultaría en contradicción con el principio constitucional de división de departamentos de gobierno en el ámbito comunal (conf. art. 190 de la Constitución Nacional), invadiendo esferas propias del mismo Departamento de Gobierno deslindadas en el Decreto Ley Nº 6769/58 (conf. art. 191 –exordio). Asimismo, cabe resaltar que el procedimiento para la creación de una “Comisión Investigadora” se encuentra expresamente previsto en el artículo 249 del Decreto- Ley N° 6769/58, no resultando legalmente compatible el cómputo de mayorías y/o la realización de procedimientos especiales que difieran de lo allí establecido”.

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