Azul: LLA denuncia un cobro indebido y pide que el Ejecutivo vaya al Concejo

El bloque de concejales de La Libertad Avanza en el Concejo Deliberante de Azul presentó un proyecto de resolución en el que denuncia que, desde 2018, el Municipio cobra a los usuarios del servicio de agua una contribución del 6% sin respaldo en una ordenanza vigente. El texto, firmado por los concejales Luis Alberto Hoursouripé, Virginia Belén Torres y Marcelina Magalí Piancioli, sostiene que la norma que creaba ese tributo fue derogada en 2017, y que “pese a la derogación (…) la contribución fue aplicada ininterrumpidamente a los usuarios del Servicio Sanitario (…) sin contar con la debida norma, generando un importante perjuicio a la comunidad por un cobro indebido”.

Según el proyecto, los intentos posteriores del Municipio por reinstalar el cobro —en 2020 y 2021— no lo hicieron de manera válida, ya que “una disposición derogada no recupera su vigencia por el solo hecho de ser mencionada o citada en una norma posterior, sino que requiere una disposición expresa que determine su restablecimiento”. El texto detalla además los montos presupuestados por ese concepto desde 2019, que treparon de $8,6 millones a $320,5 millones en 2025, con $250 millones estimados para 2026.

Ante esto, los ediles violetas pidieron citar al intendente Nelson Sombra, o al funcionario que designe, a una reunión ampliada con el Concejo para que brinde “información, explicaciones y documentación” sobre la percepción del 6%.

Además, le solicitan al Honorable Tribunal de Cuentas, Delegación Azul, que “analice e investigue la legalidad y regularidad de la percepción, registración, administración y destino” de esos fondos. Para cerrar, piden remitir copia al INAES, para que evalúe la intervención de las cooperativas prestadoras del servicio (CEAL, CLAPO y COPUSCAL) en la administración de ese concepto.

El proyecto hace especial hincapié en que el error del Municipio no fue solo de fondo, sino también de forma. Según plantea, “conforme a los principios generales de técnica legislativa, cuando una norma posterior pretende modificar, sustituir o restablecer una disposición anterior, debe expresar con claridad el alcance de dicha modificación y permitir identificar sin ambigüedad cuál es la norma vigente». Y agrega que “la técnica legislativa procura evitar que la determinación de la vigencia de una disposición quede supeditada a una reconstrucción interpretativa de normas anteriores que han perdido vigencia”.

En ese sentido, el bloque sostiene que la Ordenanza N° 4663/21 debería haber utilizado una fórmula expresa para reinstaurar el tributo derogado, y no limitarse a fijar un porcentaje sobre algo que ya no existía legalmente: “Si la finalidad de la Ordenanza N° 4663/21 hubiera sido restablecer la contribución que había sido derogada, correspondía establecerlo expresamente (CREASE), identificando nuevamente la obligación tributaria y sus elementos esenciales”. Y remarca la distinción que, a su entender, el Municipio no respetó: “No resulta técnicamente equivalente modificar o rectificar la alícuota de un tributo vigente que crear o restablecer un tributo previamente derogado”.

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