Fuerte multa económica a cooperativa de la sección por incluir conceptos extras en facturas de luz

El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) sancionó a Coopelectric con una multa de $47.622.719,05 por incumplir una resolución que le prohibía incorporar en las facturas de energía eléctrica el concepto denominado “contribución capital en acciones” entre los que figuran “servicio de sepelio”, “nichos-cementerio” y “contribución por acciones”.

La medida quedó plasmada en una resolución aprobada por el Directorio del organismo y publicada en el Boletín Oficial días atrás, luego de un sumario administrativo iniciado tras diversas denuncias de usuarios y presentaciones realizadas por la Dirección de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de Olavarría.

Según OCEBA, la cooperativa continuó cobrando el concepto pese a que no contaba con la autorización correspondiente. El organismo recordó que la normativa provincial exige una serie de requisitos para incorporar conceptos ajenos al servicio eléctrico en las facturas, entre ellos la autorización expresa del usuario, la posibilidad de pago por separado y la aprobación previa del ente regulador.

Durante el proceso, Coopelectric argumentó que atraviesa una compleja situación económica y financiera derivada, entre otros factores, de la falta de implementación de la Revisión Tarifaria Integral (RTI), situación que —según sostuvo— la llevó a recurrir a la denominada “cuota capital” para compensar ingresos no reconocidos en la tarifa.

Sin embargo, OCEBA rechazó esos argumentos y consideró acreditado el incumplimiento de la resolución vigente, destacando que ninguna dificultad económica habilita a una distribuidora a incorporar cargos no autorizados en las facturas de electricidad.

Además de la multa, el organismo dispuso la suspensión por 90 días de la autorización que tenía la cooperativa para incluir el concepto “Servicios Sociales” (sepelio e inhumación) en sus facturas. Durante ese plazo deberá adecuar el sistema de facturación para permitir el pago separado de esos servicios. De no hacerlo, perderá definitivamente dicha autorización.

La sanción económica quedará registrada en el sistema de sanciones del organismo y deberá abonarse una vez que entre en vigencia el primer cuadro tarifario resultante de la Revisión Tarifaria Integral que actualmente impulsa la Provincia.

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